por María Luisa Suárez Roldán
El rodillo del PP en el que se ha convertido su aplastante mayoría en el Congreso, le permite legislar nuevas leyes si le parece beneficioso para sus intereses, sin tener en cuenta o pasando por encima de la legalidad y de la independencia del Poder Judicial. Así nos encontramos con la futura reforma de la Ley orgánica del Poder Judicial, presentada en el registro del Congreso en forma de proposición de ley, que sin publicidad y en forma subrepticia, puede empezar a aplicar.
Al tiempo que, con dicha ley, va a incumplir el principio de justicia universal que causa terribles daños colaterales que expondremos más adelante. En principio da la impresión de que esa sea su finalidad: causar "daños colaterales"… Ya que ordena a los jueces de la Audiencia Nacional archivar todas aquellas causas incoadas por delitos de genocidio o crímenes de lesa humanidad. De forma que quedan sin condenar aquellos sujetos que cometieron tan terribles delitos.
Paso a referirme a las causas que supuestamente pueden quedar archivadas. Primero voy a citar la causa incoada por el Juzgado nº 6 de la Audiencia Nacional contra los asesinos del teólogo Ignacio Ellacuría, un delito llevado a cabo el 16 de noviembre de 1989 en El Salvador por veinte militares, que formaban uno de los batallones de la muerte, que actuaban a su antojo durante el gobierno cívico-militar de José Napoleón Duarte.
El juez español pidió la extradición de los soldados salvadoreños y el gobierno del dictador Duarte no se dignó contestar. Todavía recuerdo aquellas fotografías tan dolorosas, recogidas por la prensa de la época, los cuerpos de las víctimas, eran siete, cinco hombres y dos mujeres, tirados en el campus de la Universidad Católica de El Salvador. Las mujeres eran salvadoreñas que se ganaban su vida en el servicio doméstico, en la casa del teólogo y sus cinco compañeros. Fue un hecho, tan atroz y traumatizante, que dio la vuelta al mundo por su aparente falta de sentido y razón de ser. ¿Cabe mayor maldad que este terrible delito de lesa humanidad?
Otro caso, de los comprendidos entre los daños colaterales a los que venimos refiriéndonos, es el del cámara de Telecinco José Couso. Cómo no recordar las escenas que nos pasaron por la TV de sus compañeros, sacando su cuerpo sin vida en un colchón como consecuencia del ataque de un carro de combate norteamericano, que, aun habiendo recibido la orden del alto mando sobre la inmunidad que regía del Hotel Palestine de Bagdad, donde se hospedaban todos los periodistas que seguían la guerra de Irak, ametrallaron el hotel causándole la muerte.
Este doloroso hecho ocurrió el 8 de abril de 2003. El Juez de la Audiencia Nacional, solicitó al Pentágono la extradición de los soldados y mandos que ocupaban el carro de combate, que naturalmente no contestó el requerimiento del Juez, sino que además el gobierno norteamericano presionó al gobierno español para que archivara la causa.
El proyecto de ley, afecta a otros diez casos más, igualmente flagrantes a los citados, pero he hecho referencia a estos porque las víctimas eran españolas.
Según el proyecto de ley, los jueces de la Audiencia Nacional solo serán competentes para incoar las causas por estos crímenes cuando los autores sean españoles. ¿Cómo puede regir con efectos retroactivos esta futura ley?
Amnistía Internacional ha emitido un informe considerando el proyecto de la pretendida ley excesivamente restrictivo, y porque también supone un impedimento para la lucha emprendida por la justicia internacional contra los crímenes de genocidio y lesa humanidad, ante la imposibilidad de que sean investigados por la justicia internacional en España.
Sería execrable que pudieran ser archivados casos como el de José Couso y el teólogo Ignacio Ellacuría, porque siendo españoles, la justicia española no les protege en sus derechos. ¡Debiera elevarse un clamor popular contra tamaña injusticia!