Desde hace tiempo se está elaborando un acuerdo entre los Estados Unidos y la Unión Europea (UE) sobre el comercio internacional y las inversiones en países extranjeros, el APT (Accord de Partenariat Transatlantique).
La elaboración del tratado se está llevando a cabo de forma discreta sin que trascienda demasiada información, colaboran las grandes multinacionales, las verdaderas protagonistas del tratado, con un amplio equipo de asesores. Se facilitará la información necesaria cuando esté ultimado y se proponga la firma a los Estados.
El antecedente de este tratado es el AMI (Accord Multirateral sur Invessetiment) suscrito por 29 países miembros de la OCDE.
El Tratado, una vez aprobado, solo podrá modificarse con el acuerdo unánime de todos los signatarios.
Según los promotores, el Tratado impulsará el comercio internacional y las inversiones y puede dar un considerable impulso a la economía y a la creación de empleo.
Todas las administraciones de los Estados tendrán que modificar las legislaciones que puedan afectar a las inversiones de las multinacionales en temas tan amplios y variados como la seguridad alimentaria, la normativa sobre toxicidad, los servicios sanitarios, la energía, la cultura, etc.
En el supuesto de que una multinacional considere que un cambio legislativo de un país pueda afectar a la rentabilidad estimada de sus inversiones tendrá la potestad de demandar al referido país y exigirle una indemnización económica arbitrada por un tribunal especial instituido con este fin.
Ya con los actuales tratados varias multinacionales han demandado a diversos países porque consideran que su normativa lesiona la rentabilidad del capital.
Así, la UE ha recibido varios contenciosos de millones de Euros porque rechaza o limita la importación de productos génicamente modificados (OGM).
Una sociedad demandó al Gobierno egipcio porque subió el salario mínimo de los trabajadores.
Se ha demandado al Perú porque pretende limitar las emisiones tóxicas.
Philips Morris ha demandado a Uruguay porque la nueva legislación antitabaco podría reducir sus ventas.
La relación de demandas cursadas es interminable.
Otro tema con el que puede haber un contencioso en con la Tasa Tobin sobre las transacciones financieras que defienden amplios sectores en Europa. Consideran que limitaría el libre movimiento de capitales.
Hemos dicho que los promotores esperan que el Tratado impulse la economía pero la evaluación del impacto varía muchísimo según quien efectúa el estudio. El ECIPE (European Centre for International Political Economy) estima un crecimiento no significativo pero otras evaluaciones dan valores más elevados.
El Tratado obliga a los Estados a hacer una amplia cesión de sus atribuciones para dar cumplimiento a las exigencias dictadas por el grupo de trabajo dominado por las multinacionales que tienen por objeto salvaguardar los intereses del capital.
¿Dónde queda la soberanía nacional? El Artículo 1.2. de nuestra Constitución dice que “La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado” ¿Continúa estando vigente?
Se está cercenando la capacidad de actuación de los Estados a favor del capital y se está degradando la soberanía popular.
Fuente: Le Monde Diplomatique. Nov. 2013