El pasado lunes, Fernando Soler, médico y miembro de la Asociación DMD ( Derecho a Morir Dignamente), expuso, dentro del ciclo que desde hace dos años se viene desarrollando en la Asociación Valle Inclán de Prosperidad, el Programa de Mínimos que presentan a todos los Partidos que se presentan a las elecciones al Ayuntamiento y Comunidades autónomas, que no requieren cambios legislativos que dependan del Parlamento Nacional ( que requeriría un debate social que conduzca al desarrollo de una Ley de Eutanasia, como en el entorno cultural europeo, y que constituiría sin duda un Programa de Máximos..)
Basados en el cumplimiento de la Ley Básica de Autonomía del Paciente, 41/2002 , se proponen una serie de medidas concretas, de mínimo coste y que se consideran, sin duda , que favorecen la autonomía y por lo tanto dignidad del ciudadano.
Se trata de voluntad política, aunque sin duda supone también una ideología, que de prioridad a la dignidad de la persona por encima de intereses económicos o de poder. Requieren, no obstante un apoyo social, que lleve a un cambio de mentalidad y un cambio de praxis.
Este apoyo social afecta en primer término a los profesionales sanitarios, y por lo tanto el compromiso de las instituciones sanitarias, en su puesta en marcha y en su evaluación. La muerte no es un fracaso médico, ni un número en las encuestas. En segundo término es necesaria la colaboración de los usuarios de la sanidad, que somos todos, pacientes y familiares y para ello, información, campañas de divulgación, y formación. Es imprescindible, conocer nuestros derechos, para poder reclamarlos y que su cumplimiento sea una garantía, que nos acompañe y de dignidad en esos momentos , naturales, pero difíciles, sin duda.
Las Propuestas, presentadas, se centran en:
1.-“Formación en Derechos Sanitarios de todo el personal sanitario de la Consejería de Sanidad:psicología, enfermería, medicina etc. Realizando, con carácter obligatorio, una sesión informativa sobre la Ley Básica de Autonomía del Paciente, haciendo hincapié en los derechos del paciente a la información, a la elección de diversas opciones clínicas, al rechazo al tratamiento y al testamento vital, así como al alivio del sufrimiento al final de su vida”. Se constata una clara desinformación de una parte del personal sanitario en estos aspectos.
2.-“Obligatoriedad de explicar que es el Testamento vital a todos los pacientes con una enfermedad incurable y progresiva durante el proceso de su diagnóstico previamente a iniciar los tratamientos paliativos”.
3.- “Obligatoriedad de consultar desde el Servicio de Admisión, al ingreso de un paciente, el registro informatizado de instrucciones previas (Programa ARETEO de la Consejería de Sanidad), comunicando su existencia al médico responsable”.
4.- “Regular la presentación del Testamento Vital en cualquier centro Sanitario (hospitales y Centros de Salud) y en las Juntas de Distrito/Ayuntamientos.”
5.- “ Incluir en la Guía de Acogida, que se entrega a los pacientes hospitalizados, un resumen de los derechos que establece la Ley Básica de Autonomía del paciente (Ley 41/ 2002)..”
6.- “Disponer que el profesional que manifieste su objeción de conciencia a respetar la voluntad del paciente, expresada en ese momento o previamente en su Testamento Vital, tenga la obligación de comunicarlo a su Jefe de Servicio/Unidad o a la Dirección Médica, para que este garantice el ejercicio de sus derechos”.
7.-“Desarrollar e implantar en todos los Centros dependientes de la Consejería de Sanidad, la realización del documento de Planificación de Cuidados, similar al existente en la Comunidad de AndalucÍa”.